1.- ¿Por qué razones existen modalidades especificas en la educación básica?
R.- Porque así se puede cubrir las necesidades específicas de cada contexto social en México, es decir, que cada individuo pueda tener una educación adecuada a sus necesidades dependiendo de su edad y el contexto en el que vive.
2.- ¿Qué sentido tiene el establecimiento de planes y programas de estudio únicos en todo el país para la educación básica?
R.- Como hace referencia la Sección 2, Articulo 47, Sub sección I, II, III y IV de la Ley General de Educación, será para asegurar los propósitos de formación general y, en su caso, la adquisición de conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas que correspondan a cada nivel educativo, los contenidos fundamentales de estudio, organizados en asignaturas u otras unidades de aprendizaje que, como mínimo, el educando deba acreditar para cumplir los propósitos de cada nivel educativo, las secuencias indispensables que deben respetarse entre las asignaturas o unidades de aprendizaje que constituyen un nivel educativo, y los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que el educando cumple los propósitos de cada nivel educativo.
3.- ¿A qué instancia corresponde proponer los contenidos regionales de los planes y programas?
R.- El Consejo Nacional Técnico de la Educación, y los correspondientes en las entidades federativas.
4.- ¿Cuáles son las atribuciones de la autoridad federal y de las autoridades estatales con respecto a la determinación del calendario escolar?
R.- - Establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
Ajustar, en su caso, el calendario escolar para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con respeto al calendario fijado por la Secretaría.
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